AUMENTO DE SUELDOS

Durante la vigencia del presente PACTO, LA EMPRESA reajustará los sueldos ordinarios o básicos de LOS TRABAJADORES(AS) de la siguiente manera:

Condiciones

  • Incremento para el año 2022 ya se realizó. Para el año 2022 ya LA EMPRESA incrementó los sueldos de sus TRABAJADORES(AS) a partir del 1o de enero de 2022.

  • Incremento para los años 2023 a 2026 se procederá así: para LOS TRABAJADORES(AS) que lleven más de un año vinculados con LA EMPRESA al primero de enero del año en el cual se realizará el incremento, se les incrementará en el mismo porcentaje del IPC nacional determinado por el Gobierno para el año anterior con corte a 31 de diciembre, más la suma fija de $10.000 proporcional a la jornada.

  • El incremento del salario ordinario o básico para el año 2023 que inicia a partir del día 1o de enero, se aplica sobre el salario ordinario o básico devengado por LOS TRABAJADORES(AS) a 31 de diciembre de 2022, en un porcentaje igual al IPC certificado por el DANE al 31 de diciembre 2022 más la suma fija de $10.000 proporcional a la jornada.

  • El incremento del salario ordinario o básico para el año 2024 que inicia a partir del día 1o de enero, se aplica sobre el salario ordinario o básico devengado por LOS TRABAJADORES(AS) a 31 de diciembre de 2023, en un porcentaje igual al IPC certificado por el DANE al 31 de diciembre 2023 más la suma fija de $10.000 proporcional a la jornada.

  • El incremento del salario ordinario o básico para el año 2025 que inicia a partir del día 1o de enero, se aplica sobre el salario ordinario o básico devengado por LOS TRABAJADORES(AS) a 31 de diciembre de 2024, en un porcentaje igual al IPC certificado por el DANE al 31 de diciembre 2024 más la suma fija de $10.000 proporcional a la jornada.

  • El incremento del salario ordinario o básico para el año 2026 que inicia a partir del día 1o de enero, se aplica sobre el salario ordinario o básico devengado por LOS TRABAJADORES(AS) a 31 de diciembre de 2025, en un porcentaje igual al IPC certificado por el DANE al 31 de diciembre 2025 más la suma fija de $10.000 proporcional a la jornada.

Parágrafo. El incremento del salario ordinario o básico que se aplicará en cada uno de los años mencionados anteriormente, para LOS TRABAJADORES(AS) que lleven menos de un año de vinculación con LA EMPRESA para el primero de enero del año en el que se realice el incremento, será equivalente a un porcentaje proporcional al valor del IPC en relación con el tiempo de vinculación.

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