AUXILIO FUNERARIO
LA EMPRESA reconocerá a EL TRABAJADOR un auxilio funerario por la suma de seiscientos mil pesos $600.000 por el fallecimiento del padre, madre, cónyuge, compañero(a) permanente o hijos de EL TRABAJADOR.
Condiciones
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Se concederán dos (2) días adicionales a la licencia por luto, establecida en la ley colombiana.
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